Se acerca el cierre de año para su empresa...
Cada año pasa lo mismo. En marzo, cuando vence la declaración de renta, aparecen los empresarios preguntando cómo reducir el impuesto. Y cada año la respuesta es la misma: ya es tarde. El impuesto de marzo se decide en diciembre, porque el 31 de diciembre cierra el periodo fiscal y a partir de ese día no hay nada que ordenar: solo hay que declarar lo que quedó.
Lo que todavía puede ordenar antes del cierre
Faltan un par de meses, y son los meses útiles. Es el momento de revisar que la facturación esté completa y correctamente emitida; que los gastos que piensa deducir tengan respaldo formal válido (comprobante electrónico autorizado, no un recibo cualquiera); que los inventarios estén cuadrados; y que la contabilidad refleje la realidad de la operación.
El error más caro que veo no es dejar de deducir: es deducir sin respaldo. Un gasto real pero mal documentado se rechaza igual que uno inexistente, y el ajuste llega con sanción e intereses. Diciembre es el último mes para corregir eso; en marzo ya no se puede.
El calendario que arranca apenas cierra el año
Enero no da tregua. A mediados de mes vence el impuesto solidario para las viviendas de valor elevado. Y al 31 de enero vence el impuesto a las personas jurídicas, que deben pagar todas las sociedades, activas e inactivas por igual.
Sobre ese último conviene una advertencia seria: dejar de pagarlo tres años consecutivos provoca la disolución de oficio de la sociedad. He atendido casos de personas que descubrieron que su sociedad (la que tenía la propiedad inscrita) fue disuelta por no pagar un impuesto que consideraban menor, y tuvimos que proceder con el tramite de recuperación.
Después viene el 15 de marzo con la declaración del impuesto sobre las utilidades; el 31 de marzo con la declaración de las sociedades inactivas; y en abril la declaración de accionistas y beneficiarios finales ante el Banco Central, cuyas multas por no presentarla están entre las más altas del sistema.
Inactiva no significa exenta
Merece párrafo propio porque es el malentendido más costoso. Muchísimas sociedades en Costa Rica existen solo para tener un carro o una finca a su nombre, y sus dueños asumen que "como no hace nada, no debe nada". Falso: la sociedad inactiva paga el impuesto a las personas jurídicas, presenta su declaración informativa y reporta beneficiarios finales, exactamente igual que una operativa.
Y si viene atrasado, actúe antes de que lo busquen
Si sabe que arrastra declaraciones pendientes o inconsistencias de años anteriores, hay una razón concreta para no esperar: las sanciones tributarias admiten reducciones de hasta el 80% cuando el contribuyente subsana por iniciativa propia, y esa rebaja se desploma apenas la Administración inicia una actuación. Ordenar la casa antes del cierre no solo baja el impuesto: baja también el costo de lo que quedó mal.
Si quiere llegar al cierre de año con todo en orden y sin sorpresas en marzo, ¡comuníquese con mi persona y con gusto revisamos su situación fiscal y societaria mientras todavía hay tiempo de corregir!